Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2015-S2
Fecha: 21-Jul-2014
II.1.
II.1. Mediante Resolución 333/1 de 17 de mayo de 2013, la Comisión de Reclamación del SENASIR, confirmó la Resolución 32371 de 20 de diciembre, argumentado que los periodos comprendidos entre “07/78 a 08/86 y 05/78 a 02/87” (sic), trabajados en el Banco Sur Ex Big Beni, no se encuentran reconocidos por el estudio matemático actuarial, único documento válido para la certificación de aportes del sector de la banca privada (fs. 33 a 41).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- III.1.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.1.2. Sobre la congruencia de las resoluciones
- III.1.3. Sobre la correcta valoración de las pruebas
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR