Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1373/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.3.
II.3. El 4 de diciembre de 2012, el ahora accionante, solicitó a la Jueza demandada la nulidad de la citación que se pretendió practicarle con un demanda ejecutiva, sin haberle entregado las copias de la misma ni de la respectiva providencia, menos del documento base de ejecución, por lo que la jueza de la causa por Auto de 18 del mismo mes y año, declaró la nulidad de la diligencia de citación, disponiendo que la parte ejecutada sea legalmente citada (fs.105 a 108).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Control constitucional sobre resoluciones judiciales
- Fragmento 17
- III.3. El arbitraje como medio alternativo de solución de controversias y normativa que lo regula
- III.4. El debido proceso en su elemento del juez natural
- CONFIRMAR en todo