SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1373/2014
Fecha: 07-Jul-2014
III.2. Control constitucional sobre resoluciones judiciales
Este Tribunal refiriéndose a la labor de control de constitucionalidad de las resoluciones judiciales, a través de la SCP 0417/2014 de 25 de febrero, dejó establecido que: “En el marco de las posturas descritas, definitivamente el Estado Plurinacional de Bolivia, al cimentar su estructura en el respeto a los derechos fundamentales reconocidos en el nuevo modelo constitucional y al estar regido por un órgano contralor de constitucionalidad cuyo rol es ser el último y máximo garante tanto de la constitución como del respeto a los derechos fundamentales, debe adoptar la segunda postura, es decir la tesis permisiva, razón por la cual, se tiene que es plenamente viable activar el amparo constitucional contra decisiones judiciales, para que mediante este proceso constitucional, se verifique y en su caso resguarden derechos posiblemente afectados en la esfera jurisdiccional”(SC 1907/2010-R de 25 de octubre).
Pues bien, bajo los postulados de la tesis permisiva, la jurisdicción constitucional se encuentra plenamente facultada para efectuar el control de constitucionalidad sobre las resoluciones judiciales, habida cuenta que, la vigencia de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de los justiciables, son de interés preponderante para la justicia constitucional; por lo tanto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, como garante de la de la Constitución Política del Estado, que integra el cúmulo de los derechos y garantías de todo justiciable, tiene la labor de constatar si los pronunciamientos de las autoridades encargadas de impartir justicia, cumplieron su tarea en el marco de los valores, principios y normas establecidas en la Ley Fundamental.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.I. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Control constitucional sobre resoluciones judiciales
- Fragmento 17
- III.3. El arbitraje como medio alternativo de solución de controversias y normativa que lo regula
- III.4. El debido proceso en su elemento del juez natural
- CONFIRMAR en todo