Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1389/2014
Fecha: 07-Jul-2014
acción de amparo constitucional
En revisión de la Resolución de 10 de diciembre de 2013, cursante de fs. 53 a 54, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Eduardo Takeo Alba en su calidad de miembro de la Asociación de Servicio Expreso “Trans Ejecutivo” (A.S.E.T.E.) de Montero contra Nicolás Hugo Cuéllar Roca, Presidente de esa Asociación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2.
- la legitimación pasiva se extiende tanto a servidores públicos como a particulares
- es necesario que la acción esté dirigida contra él o los sujetos que ejecutaron el acto ilegal o incurrieron en la omisión indebida
- la legitimación pasiva
- vinculación entre la autoridad o particular demandado y el acto que impugna
- recurso debe ser interpuesto, contra todos quienes intervinieron en ella
- dirigida contra todos los miembros de éstos
- dicho entendimiento fue modulado
- III.4.
- III.5.1. Sobre el memorándum
- “miembros”
- a todos los miembros de la asociación y estos últimos no fueron demandados