SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1416/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1416/2014

Fecha: 07-Jul-2014

II.1.

II.1.  Mediante notas de 14 de enero y 11 de septiembre de 2013, la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva filial Cochabamba, declaró como no procedente la solicitud del ahora accionante, en consideración a los arts. 9 y 28.II del Reglamento Especialidades y Sub Especialidades Médicas, el Estatuto Orgánico y Reglamento de la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, señalando que no se cumplió con el requisito de presentar título de especialista con reconocimiento universitario (fs. 2 y 3).