SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1416/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1416/2014

Fecha: 07-Jul-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denunció como lesionados sus derechos al debido proceso, en su elemento doble instancia, y al trabajo; toda vez que al solicitar se le reconozca su especialidad realizada en el Instituto del Quemado del Hospital de Córdova en Argentina, la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva realizó una errónea aplicación e interpretación del Reglamento de Especialidades y Sub Especialidades Médicas, emitiendo la nota SBCPER/CBBA 025/2013 de 5 de diciembre, donde se determinó no ha lugar su petición de revocar y volver a calificar su expediente médico, que en una primera instancia habría sido rechazada por la comisión calificadora de la Sociedad Boliviana de Cirugía Plástica filial Cochabamba.