Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.10.
II.10.Por Resolución el 26 de noviembre de 2011, se rechazaron los incidentes de nulidad planteados el 14 de junio y 4 de agosto del mismo año (fs. 127 a 131); la empresa “CLABLEBOL S.A.”, planteó recurso de apelación (fs. 133 a 136); el Tribunal de alzada confirmó el Auto apelado (fs. 141 a 142 vta.);
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El Debido proceso y el derecho a la defensa, en procedimiento civil
- Se entiende que el derecho al debido proceso es de aplicación inmediata,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR