Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.2.
II.2. El testimonio 2.958/98 de 29 de diciembre de 1998, escritura pública de préstamo en moneda extranjera, que otorga el Banco BBA S.A, oficina Cochabamba, en favor de Bolivian Wire and Cable Company S.A. CABLEBOL; por la suma de $us1 062 542.-, se señala: “fueron presentes (…) Jaime Subieta Flores, Gerente y Freddy Aranibar Asbun, Subgerente del área comercial del Banco Boliviano Americano S.A. regional Cochabamba, por una parte y Dory Jiménez Prudencio en legal representación de Bolivian Wire and Co. S.A. (CABLEBOL) por otra” (sic) (fs. 25 a 27).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El Debido proceso y el derecho a la defensa, en procedimiento civil
- Se entiende que el derecho al debido proceso es de aplicación inmediata,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR