SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2014
Fecha: 07-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los representantes denuncian vulneración de los derechos de la empresa “CABLEBOL S.A.”, al debido proceso y a la defensa, y el principio de seguridad jurídica; por cuanto se interpuso demanda ejecutiva contra la indicada, que fue declarada probada por Sentencia de 16 de junio de 2001 y confirmada en apelación, por Auto de Vista de 11 de septiembre de 2002; proceso en el que planteó nulidad el 14 de junio y 4 de agosto de 2011, con el argumento de que se permitió que Dory Elena Jiménez Prudencio, actúe a nombre de la empresa sin que ostente la calidad de representante legal, siendo rechazada por Resolución de 26 de noviembre de 2011, por el Juez codemandado y confirmada en apelación a través del Auto de Vista de 17 de mayo de 2013, por los Vocales demandados. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El Debido proceso y el derecho a la defensa, en procedimiento civil
- Se entiende que el derecho al debido proceso es de aplicación inmediata,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR