SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1426/2014
Fecha: 07-Jul-2014
1)
El Fiscal adscrito a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de San Matías, el 28 de marzo de 2012, dictó Resolución de sobreseimiento en favor de los imputados, bajo los siguientes argumentos: 1) Si bien se había verificado la facción irregular de las resoluciones municipales, las diligencias investigativas no establecen la existencia de delitos, sino cuestiones de carácter administrativo, que debieron ser resueltos en dicha vía, antes de acudir a la jurisdicción penal; y, 2) Los imputados no participaron en los hechos que se les atribuyó, como los referidos a la reunión ordinaria del Concejo de 15 de mayo de 2009 o la facción de un contrato de usufructo por parte de Adhemar Aguilera López y por Rodolfo Achaval Salvatierra.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegar
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- III.2. Del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación
- defensa
- fundamentación
- En función a las consideraciones antes señaladas, la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso
- toda resolución sea debidamente fundamentada
- derecho fundamental
- la valoración de las pruebas debe ser cumplida en las resoluciones judiciales, sin que dicha valoración pueda ser suplida con la mera relación o enumeración de los documentos o medios probatorios llevados al juzgador, sino que en la misma el juzgador debe efectuar las consideraciones pertinentes respecto a cómo los elementos probatorios demuestran los hechos denunciados o alegados durante el proceso
- 2.
- 3.
- CONFIRMAR