SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1426/2014
Fecha: 07-Jul-2014
3.
3. Finalmente, respecto a la fundamentación en las resoluciones fiscales impugnadas (Conclusiones II.1 y II.3) y en contraste al Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que establece que la fundamentación es un elemento del debido proceso, que rige todo proceso judicial y administrativo; implica que las Resoluciones, tanto del Fiscal de Materia y la del Fiscal Departamental, cuenten con la debida fundamentación, con la exposición de las razones suficientes que sustentan la decisión, de tal manera que sea posible constatar si la misma está fundada en derecho de manera breve, concisa, razonable, explícita, objetiva y clara, o por el contrario, es fruto de una decisión arbitraria. En el caso que corresponde verificar, se constata que la Resolución de sobreseimiento de 28 de marzo de 2012 y la Resolución jerárquica de 23 de abril de 2012, cuentan con la descripción de los hechos que conciernen a la resolución, la exposición de las razones jurídicas que sustentan la decisión, con cita de normas jurídicas pertinentes, exposición clara, concisa, explícita de los motivos que guiaron a concluir de que los hechos que se atribuyen a los imputados, no constituyen delitos; consecuentemente, asumir la decisión de dictar el sobreseimiento y la ratificación de esta última, no configuran un acto arbitrario, que lesionen el derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegar
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- III.2. Del derecho al debido proceso en su elemento de fundamentación
- defensa
- fundamentación
- En función a las consideraciones antes señaladas, la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso
- toda resolución sea debidamente fundamentada
- derecho fundamental
- la valoración de las pruebas debe ser cumplida en las resoluciones judiciales, sin que dicha valoración pueda ser suplida con la mera relación o enumeración de los documentos o medios probatorios llevados al juzgador, sino que en la misma el juzgador debe efectuar las consideraciones pertinentes respecto a cómo los elementos probatorios demuestran los hechos denunciados o alegados durante el proceso
- 2.
- 3.
- CONFIRMAR