Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1473/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.5.
II.5. La presente acción se presentó el 6 de enero de 2014 (fs. 20) mereciendo decreto de observación de 7 del mismo mes y año (fs. 21), la cual una vez subsanada mediante memorial de 8 de igual mes y año (fs. 24 a 25), se admitió mediante Auto 03/2014 de 9 de enero (fs. 25 y vta.); procediéndose a su notificación de las partes procesales el 10 de enero del precitado año (fs. 26 a 27). Celebrándose la audiencia el 14 de enero de 2014 (fs. 149).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- III.2. Cesación de los efectos del acto reclamado como causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.3. Aplicación de los principios constitucionales en la función de impartir justicia
- III.4. La audiencia conclusiva y su tramitación
- III.5. Legitimación pasiva de los funcionarios subalternos
- III.6.1. Sobre el cumplimiento de las causales de activación
- Fragmento 17
- III.6.2. Análisis de fondo de la problemática planteada
- III.6.3. Consideración final