SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1521/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1521/2014

Fecha: 16-Jul-2014

II.3.

II.3.  Cursa oficio T.D.J.O./C.N. 036/2013 de 16 de julio, mediante el cual Emilio Jorge Santiestévez Sandy, Encargado de la Central de Notificaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -ahora demandado-, remite informe al Tribunal de garantías en cumplimiento a lo ordenado en la audiencia suspendida de Consideración de Fiadores Personales señalando que: a) El 13 de enero de 2014 se recibió la Resolución que señalaba audiencia de constitución de fiadores para el 14 de igual mes y año a horas 15:00; es decir, se tenían menos de veinticuatro horas para cumplir con esa diligencia; además únicamente se cuenta con tres oficiales de diligencias, quienes tienen la responsabilidad de atender a los Juzgados Primero, Segundo y Tercero de Instrucción en lo Penal, toda vez que, los similares Cuarto y Quinto fueron creados en octubre de 2013 no contando con oficiales de diligencias asignados, b) Que no se demostró que su persona tuvo el animus para incumplir sus obligaciones, puesto que solo se trata de un descuido de error involuntario; y c) Finalmente, informó que en reiteradas oportunidades solicitó el nombramiento de los dos oficiales para los Juzgados Cuarto y Quinto; por lo que la Sala Penal de ese Tribunal Departamental, determinó mediante acuerdo que a partir del 20 de enero de 2014, se cuente con siete oficiales de provincia momentáneamente por el lapso de un mes hasta que se regularice la situación de los nuevos Juzgados cautelares (nótese que este oficio no fue considerado por que fue entregado al Tribunal de garantías una vez concluida la audiencia de consideración de la presente acción) (fs. 47 y vta.).

A este oficio se adjuntó literales, entre las que resalta: la de 4 de noviembre de 2013, mediante la cual solicita a la Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, la contratación de dos oficiales de diligencias para el Juzgado Cuarto y para el Quinto (que recién iniciaría funciones); además de informar que la carga procesal3; se tornó insostenible (fs. 39); la citada solicitud es reiterada mediante nota de 7 de enero de 2014, resaltando que la contratación de nuevos oficiales de diligencias evitará dilaciones al procedimiento penal (fs. 38). En mérito al señalado requerimiento, la Jefatura Administrativa y Financiera, mediante nota de 16 de igual mes y año, respondió indicando tener conocimiento de un proyecto para la Central de Notificaciones, el cual contempla incremento de personal (fs. 35).