SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1542/2014
Fecha: 25-Jul-2014
II.4.
II.4. Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0438/2013 de 8 de abril, emitida dentro del Expediente AGIT/0234/2013//CBA-0235/2012 por Julia Susana Ríos Laguna, Directora Ejecutiva General a.i. de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, (visado por Luis Andrés Valda Yanguas, Sub Director de Recursos Jerárquicos) que resuelve: “CONFIRMAR la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-CBA/RA 0021/2013, de 11 de enero de 2013, dictada por la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria Cochabamba, dentro del Recurso de Alzada interpuesto por Iván Mario Villca Arevillca contra la Administración de Aduana Interior Cochabamba de la Aduana Nacional; en consecuencia, se revoca totalmente el Auto Administrativo AN-CBBCI-127/2012, de 17 de diciembre de 2012, emitido por la citada Administración Aduanera, declarando prescrita las facultad de la Administración Aduanera para controlar, investigar, verificar, comprobar, fiscalizar tributos, determinar la deuda tributaria e imponer sanciones administrativas correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Gravamen Arancelario (GA), emergentes de la DUI C-14070, de 3 de diciembre de 2004; de conformidad con lo previsto por el Inciso b), Parágrafo II del Artículo 212, de la Ley Nº 3092 (Título V del CTB)” (las negrillas nos pertenecen) (fs. 54 a 62 vta. y de fs. 157 a 165 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR