SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1542/2014
Fecha: 25-Jul-2014
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante a través de su representante, señala que habiéndose emitido dos Resoluciones de Recurso de alzada por parte de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT-CBA/RA 0021/2013 y ARIT-CBA/RA 0098/2013) que dispusieron -a su favor- revocar el Auto Administrativo AN-CBBCI-127/2012, impugnadas que fueron las mismas por parte de la Administración Aduanera, la Autoridad de Impugnación Tributaria, emitió también dos Resoluciones de Recurso Jerárquico (AGIT-RJ 0438/2013 y AGIT-RJ 0727/2013); sin embargo, en la primera dispuso confirmar la Resolución de Recurso de Alzada y en consecuencia revocar el Auto Administrativo aludido, y en la segunda, resolvió por revocar parcialmente la Resolución de Recurso de Alzada y consecuentemente, declarar firme el mismo Auto Administrativo “sólo en referencia a la facultad de ejecución tributaria” (sic), lo cual vulnera sus derechos pues se trata de un mismo caso resuelto dos veces y de diferente manera.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR