SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1552/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1552/2014

Fecha: 01-Ago-2014

II.1.

II.1.       Por OM 176/2004 de 17 de septiembre, el Concejo Municipal de El Alto, homologó -en su artículo primero- la RTA 171/04 de 27 de julio de 2004, que aprobó la planimetría de la urbanización “Los Jardines”, situada en el distrito 8 de esa ciudad, en base al trabajo y datos técnicos procesados por el proyecto “ARCO”, a fines de su expropiación de acuerdo a disposiciones legales vigentes. Por otra parte, declaró -en su artículo segundo- la necesidad y utilidad pública de la urbanización aludida, con destino a viviendas de interés social, en aplicación del art. 5 de la (Ley 2372, a favor de las personas detalladas en la lista adjunta, en la que se consignó a los hoy accionantes; debiendo pagarse el justiprecio según el art. 22 de la Constitución Política del Estado (CPE 1967) -artículo tercero-. Por otra parte, instruyó al Ejecutivo Municipal -en su artículo cuarto-, atender, procesar y resolver, en el marco de sus competencias, las solicitudes, observaciones u oposiciones de las personas que demostraren interés legal sobre el trámite, debiendo comunicar al Concejo Municipal, las definiciones que adopte previamente a requerir algún cambio a la Ordenanza Municipal, comunicando a los impetrantes la necesidad de acudir a la vía competente, en asuntos que no sean de su competencia. Autorizando asimismo -en su artículo sexto- que, a través de las Unidades pertinentes, se prosiga hasta su finalización, el proceso de expropiación conforme a la Ley Fundamental, la Ley de Municipalidades, la Ley de Regularización del Derecho Propietario Urbano y demás normativa legal aplicable, previo a la observancia del art. 122 de la LM. Instruyendo finalmente, al Ejecutivo Municipal -en su artículo octavo-, la ejecución de la disposición municipal mediante las instancias correspondientes (fs. 28 a 37).