SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1615/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1615/2014

Fecha: 19-Ago-2014

Fragmento 22

Al respecto, conforme la Conclusión II.3 de esta Sentencia, se tiene que emitida la Resolución por el Tribunal de apelación, la parte querellante por medio de complementación y enmienda solicitó, que al haber quedado sin efecto la Resolución 287/2012, que dispuso las medidas sustitutivas a la detención preventiva de la imputada, y estando vigente el Auto que disponía su detención preventiva, se emita el mandamiento de detención preventiva en su contra; sin embargo, dicho Tribunal, no dio lugar a la solicitud estableciendo: “Hemos sido claros y concretos al disponer la nulidad de la Resolución N° 287/2012 y esta no es una audiencia de consideración y aplicación de esta medida cautelar que solicita el imputado, debe ser la Autoridad a quo quien resuelva lo solicitado por su defensa, consiguientemente NO HA LUGAR a la complementación y enmienda” (sic).