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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1620/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1620/2014

    Fecha: 19-Ago-2014

    Disposición Final Primera

    a) Recursos propios específicos provenientes del ejercicio de sus actividades, como son: venta de valores notariales, alícuota de aranceles de la vía voluntaria notarial, multas disciplinarias y otros, que se constituirán en ingresos propios que serán depositados en una cuenta fiscal creada para el efecto;

    • acción de inconstitucionalidad abstracta
    • a)
    • 1)
    • Fragmento 4
    • i)
    • art. 8
    • art. 10
    • art. 14
    • art. 110
    • art. 111
    • art. 112
    • Disposición Transitoria Quinta
    • Disposición Final Primera
    • Disposición Final Segunda
    • 178.I
    • art. 193.I
    • Fragmento 17
    • III.1. Naturaleza y estructura del servicio notarial en la Ley del Notariado Plurinacional
    • III.2. El principio de separación de funciones entre órganos del poder público
    • III.3. Test de constitucionalidad

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