SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1620/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1620/2014

Fecha: 19-Ago-2014

Disposición Final Segunda

“I. La Dirección del Notariado Plurinacional con sus recursos propios específicos cubrirá los ingresos del Órgano Judicial que percibía por la venta de valores notariales sobre la base del promedio de las tres (3) últimas gestiones presentadas por la Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial, deduciendo los gastos de operación propios de dicha actividad, previa auditoria y justificación del gasto ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.