SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1638/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1638/2014

Fecha: 21-Ago-2014

Fragmento 16

               acciones de defensa, ya sea ante el juez o tribunal de garantías y ante este Tribunal en fase de revisión, se tiene que la previsión de plazos procesales, establecidos expresamente incluso por la misma Norma Suprema (art. 128 y ss.); tiene como finalidad garantizar la celeridad de la tramitación de dichas acciones, en atención al resguardo y vigencia de derechos y garantías fundamentales que involucra su activación, aspecto que está estrechamente vinculado con la tutela constitucional efectiva.