Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1638/2014
Fecha: 21-Ago-2014
I.2.1. Ratificación de la acción
El acta de audiencia de acción de amparo constitucional que cursa de fs. 47 a 50 vta., no se tomará en cuenta como parte de los antecedentes con relevancia jurídica, en atención a que su elaboración fue defectuosa; en la cual se ha advertido, la transcripción de otro memorial de acción tutelar (fs. 43 a 45 vta.), ajeno al presente caso y que fue transcrito erróneamente como si fuera la intervención del accionante, por la ex auxiliar del Juzgado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- III.2.1. Sobre la tramitación de esta acción por parte del Tribunal de garantías