SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1653/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1653/2014

Fecha: 29-Ago-2014

III.5.1. Sobre la vulneración del debido proceso, a tiempo de disponerse la inicial detención preventiva del accionante

De antecedentes, se evidencia que el accionante, en la audiencia de detención preventiva de 17 de mayo de 2012, interpuso incidente de actividad procesal defectuosa, sobre las presuntas irregularidades procedimentales -hoy denunciadas-, cometidas con anterioridad a su detención preventiva, motivo por el cual, la autoridad demandada, mediante Auto de la misma fecha, resolvió rechazar el incidente por no haber advertido ninguna ilegalidad o defecto absoluto (Conclusión II.3 del presente fallo); lo que nos da a entender, que el accionante al denunciar dichos hechos en la audiencia de medidas cautelares, asumió defensa y por lo tanto no se encontraba en absoluto estado de indefensión; sin embargo, no se tiene acreditado que hubiese agotado los medios de impugnación ordinarios con anterioridad a acudir a este mecanismo de protección constitucional. Aspecto por el cual, se deduce que no se reunieron las exigencias jurisprudenciales de activación procesal de la acción de libertad, para tutelar el debido proceso en torno a los hechos mencionados, por lo que no corresponde otorgar la tutela solicitada, de acuerdo a lo indicado en la jurisprudencia constitucional glosada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.