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    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014-CDP
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2014-CDP

    Fecha: 01-Sep-2014

    1º

    1º  HABER LUGAR en parte a la objeción formulada por Daniel Lazcano Romero en representación legal de Nieves Saavedra García sobre los honorarios profesionales; por lo que se ordena al Tribunal de garantías, se pronuncie al respecto según el Arancel vigente en el departamento de Cochabamba, en el plazo de setenta y dos horas, a partir de su notificación.

    • calificación de daños y perjuicios
    • I.1. Contenido de la solicitud
    • a)
    • II.2.
    • II.3.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.1.Sobre la calificación de daños y perjuicios
    • estimando en el primer supuesto el monto a indemnizar por daños y perjuicios
    • Fragmento 11
    • i)
    • Fragmento 13
    • corresponderá a otras vías legales
    • 1º

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