AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2014-0
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2014-0

Fecha: 03-Sep-2014

II.2.

II.2.  Los terceros interesados, que plantearon un recurso de queja, lo han hecho sobre una sentencia constitucional presuntamente incumplida que ya fue objeto de una queja anterior señalando que no correspondía la inclusión en la parte resolutiva de la misma el punto segundo que ordenó: “2.- Por el transcurso del tiempo se dimensionan los efectos de la presente sentencia, quedando subsistentes los efectos de la resolución del tribunal de garantías” (sic) (fs. 74 a 76 del dossier).