SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1740/2014
Fecha: 05-Sep-2014
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El accionante, señala que dentro del proceso penal que se le sigue presentó en varias oportunidades solicitud de cesación de la detención preventiva, audiencias en las que fue desvirtuando cada uno de los riesgos procesales que dieron origen a la aplicación de la medida cautelar de carácter personal, por lo que correspondía disponer la cesación de tal medida; empero, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal, por Auto de 23 de agosto de 2011, agregó un nuevo presupuesto referido al peligro de fuga previsto en el art. 234.6 del CPP; además, que se atentó a su derecho a la vida y salud, porque en la audiencia de 18 de febrero de 2013, el Tribunal de la causa rechazó su solicitud de cesación, indicando que su dolencia era pasible de tratamiento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- decide voluntariamente, realizar una nueva petición ante la autoridad ordinaria, tendiente a un nuevo análisis y reconsideración de su situación jurídica, sea mediante una solicitud de modificación, sustitución, cesación de detención preventiva, etc., y la misma está en trámite, en esos casos, ya no es posible acudir a la jurisdicción constitucional impugnando la primera o anterior resolución judicial
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR