Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1763/2014
Fecha: 15-Sep-2014
II.1.
II.1. Dentro del proceso administrativo seguido contra Bladimir Henry Gorki Ríos Luján -ahora accionante-, por infracciones al Reglamento Interno de Personal del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, por Resolución sumarial 026/2013 de 18 de junio, de las pruebas de cargo y descargo aportadas, se encontró la existencia de responsabilidad administrativa en la actuación del ahora accionante (fs. 40 a 44); Resolución esta que fue ejecutoriada por Auto de 1 de julio de 2013, sentándose la notificación a las partes esa misma fecha (fs. 46 a 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción a la garantía de inamovilidad laboral hasta que el menor cumpla un año de edad
- La ley regulará las relaciones laborales relativas a
- disuelta la relación laboral en debido proceso, conforme se explicó, no puede significar el desconocimiento de los derechos fundamentales del recién nacido o niño(a) menor de un año
- si por alguna razón quedara disuelto el vínculo laboral conforme se explicó, corresponde que los derechos del niño o niña sean resguardados
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR