SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1764/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1764/2014

Fecha: 15-Sep-2014

III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la base principista

El Tribunal Constitucional desarrolló la línea jurisprudencial sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, señaló que todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: Tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad.

4.2.    El principio de respeto a los derechos, que según el desarrollo legal (art. 3. 12 de la Ley 025, de 24 de junio), es la base de la administración de justicia, que se concreta en el respeto al ejercicio de derechos del pueblo boliviano, basados en principios ético-morales propios de la sociedad plural que promueve el Estado Plurinacional y los valores que sustenta éste”.