Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1876/2014
Fecha: 25-Sep-2014
denegado
En consecuencia y por lo señalado precedentemente, se constata que la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber denegado la acción de amparo constitucional, ha evaluado en forma correcta los datos del proceso y las normas aplicables al mismo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. La interpretación de la “legalidad ordinaria”
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR en todo