SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1910/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1910/2014

Fecha: 25-Sep-2014

1)

El demandado Fredy Torrico Zambrana, Fiscal Departamental, en su informe escrito cursante a fs. 37 a 38, manifestó que: 1) Las investigaciones seguidas por el Ministerio Público a instancia de las denuncias presentadas por Yolanda Gloria Mercado Fernández, se han realizado con el conocimiento de los accionantes y han seguido el procedimiento establecido por la ley. En todo caso si en algún momento  de la investigación se dispuso la imputación formal de los accionantes y se dispuso la aplicación de medidas cautelares de orden personal, fue sobre la base de la existencia de elementos de convicción suficientes respecto al hecho, la participación de los sindicados y los riesgos procesales, situación que no vulnera el debido proceso menos el principio de persecución única e indivisible; y, 2) Estando en marcha la investigación bajo la vigilancia y control de Juez de garantías, existen recursos procesales, como la apelación incidental, destinados a la revisión de las decisiones jurisdiccionales y a la adopción de medidas cautelares, no siendo la acción de libertad la vía correcta y no es posible acudir a esta acción constitucional cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata, pidiendo por lo expresado, se deniegue la tutela.