, los suscritos Magistrados manifiestan su Voto Disidente en relación a la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0019/2015 de 16 de enero, esto considerando que el control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

, los suscritos Magistrados manifiestan su Voto Disidente en relación a la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0019/2015 de 16 de enero, esto considerando que el control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de

Fecha: 16-Ene-2015

i)

Por consiguiente, se entiende que: i) Al simplemente limitarse a desglosar las causales, la COM no invade competencias de otros niveles; y, ii) El examen de constitucionalidad debe tomar como referentes constitucionales de contrastación lo establecido en los arts. 234 y 238 de la CPE, y no solamente con el último de ellos, como erróneamente supone la DCP objeto de la disidencia.

Hubiera resultado más adecuado declarar su compatibilidad del precepto bajo el entendido de que se trata de la aprobación de todos estos aspectos que el Concejo ya efectúa en la aprobación del POA-Presupuesto anual, no debiendo en todo caso ser sujetos de nuevas aprobaciones para la ejecución concreta.