SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015-S3

Fecha: 16-Ene-2015

II.2.

II.2.  El 28 de septiembre de 2011, Joaquín Daza Peñaranda fue citado en forma personal con la demanda de nulidad (fs. 85); empero, al no haber respondido en tiempo hábil, por Auto de 26 de octubre del mismo año, fue declarado rebelde (fs. 88); si bien el demandado, al apersonarse refirió responder a la demanda, no se consideró la misma por extemporánea (fs. 137 a 142 vta.); por lo que la medida que fue levantada por providencia de 21 de noviembre de la citada gestión y (fs. 144).