SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2015-S3

Fecha: 08-Ene-2015

Fragmento 21

En el presente caso, el accionante señala que la solicitud de cesación a la detención preventiva fue rechazada mediante Resolución 447/2013 de 19 de noviembre, dictada por la Jueza Octava de Instrucción en lo Penal; toda vez, que hasta ese momento concurría el peligro de obstaculización previsto en el art. 235 núm. 2 del CPP; en consecuencia, solicitó explicación y complementación respecto a los fundamentos de la Resolución y luego interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución de 15 de enero de 2014, confirmando la Resolución de la Jueza inferior, por ende -señala el accionante-, que tanto la Resolución de la Jueza a quo, como la del Tribunal de alzada carecen de fundamentación y congruencia.