SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015

Fecha: 06-Oct-2015

Fragmento 6

El accionante considera como inconstitucional el art. 1 de la Ley 3697 de 4 de junio de 2007 que reza: “De conformidad con lo establecido por el Artículo 59 atribución 7ª, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de Sucre la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de su propiedad, con una extensión superficial aproximada de 9.000 m2, y donde se hallan emplazados el Mercado Salvador Sánchez Vargas y el Micro Mercado “El Morro”, a favor de cada uno de los miembros afiliados a la Asociación de Comerciantes Minoristas Salvador Sánchez Vargas y Micro Mercado “El Morro” y de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 172/04, de 19 de noviembre de 2004 y las disposiciones legales en vigencia”.