Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015
Fecha: 06-Oct-2015
III.
III. Los bienes de patrimonio del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Su calificación, inventario, administración, disposición, registro obligatorio y formas de reivindicación serán regulados por ley”.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Contenido de la acción
- Fragmento 3
- admitió
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- Fragmento 6
- Artículo 1
- II
- III.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La necesaria fundamentación en acciones de inconstitucionalidad
- Fragmento 13
- III.3. El control normativo de constitucionalidad sobre preceptos de carácter normativo, general y abstracto
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE