SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2015
Fecha: 06-Oct-2015
II
II. (…) El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien.
II. La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales:
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Contenido de la acción
- Fragmento 3
- admitió
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- Fragmento 6
- Artículo 1
- II
- III.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La necesaria fundamentación en acciones de inconstitucionalidad
- Fragmento 13
- III.3. El control normativo de constitucionalidad sobre preceptos de carácter normativo, general y abstracto
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE