SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

II.8.

II.8.  El 31 de marzo de 2014, la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por las autoridades demandadas, emitió el Auto Supremo 112 del 31 de marzo, que dispuso anular obrados hasta el Auto de admisión, en razón a que el objeto principal de la demanda era la rectificación de la Resolución de Aprobación de la Dirección del Plan Regulador del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad de 24 de abril de 1990 (demanda interpuesta bajo la suma: “nulidad de transferencia”), de lo que se tuvo que, al ser una resolución cuyo contenido no fue normativo, sino que se trababa de un acto administrativo, cuestionado por lo que su impugnación debió realizarse en la vía contenciosa administrativa, conforme al art. 778 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por lo que correspondió aplicar el art. 254.I, 252, 271.3 y 275 del cuerpo legal citado. (fs. 145 a 148).