Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2015-S3
Fecha: 06-Oct-2015
I.2.1. Ratificación de la acción
José Francisco Almaraz Sobrino en mérito del testimonio de poder especial, bastante y suficiente 235/“2014” de 9 de febrero de 2015, se apersonó en representación de Lucy Aguilera Añez Vda. de Eguez y en audiencia por intermedio de su abogada reiteró la violación de los derechos de su mandante y ratificó su demanda constitucional.
- acción de amparo constitucional
- NULA DE PLENO DERECHO
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Los procesos de ejecución, la acción de amparo y el principio de subsidiariedad
- Primer supuesto de hecho:
- Segundo supuesto de hecho: Cuando el amparo no ingresa a la compulsa del acto lesivo en el proceso ejecutivo y acción coactiva civil.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR