SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2015-S3

Fecha: 06-Oct-2015

II.5.

II.5.  Por Auto interlocutorio 39 de 28 de julio de 2014, el Juez ahora demandado, declaró la nulidad de obrados hasta la publicación de los edictos de prensa y las Resoluciones de 18 de junio de 2004, señalando que los Autos de aviso de remate no observaron la amplitud de las notificaciones a todos los acreedores, así como de haberse omitido la publicación en el tablero del despacho judicial de la localidad de San Javier, habiendo los edictos incumplido con el intervalo de seis días, entendiéndose ello como una carencia e indefensión en los sujetos procesales, al igual que los terceros interesados, actuación prohibida por el art. 115.II de la CPE (fs. 821).