SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0954/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
II.5.
II.5. La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 133/2014 de 10 de abril, declaró improcedente el recurso de casación en el fondo formulado por SOBOCE S.A., con el siguiente argumento: se planteó recurso de casación en el fondo, sin embargo, todo el argumento desarrollado en la impugnación se encuentra destinado a demostrar una presunta falta de pronunciamiento a los puntos de agravio, aspecto que atinge a la impugnación en la forma, situación que demuestra la contradicción en el razonamiento de la entidad recurrente; asimismo, en el petitorio se solicitó la anulación del Auto de Vista impugnado, sin que exista causal alguna para disponer en la forma como fue peticionado (fs. 105 a 109).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto a la motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos configuradores del debido proceso
- III.2. Del recurso de casación en materia civil
- -como por ejemplo falta pertinencia o congruencia, falta de fundamentación, incompetencia del Tribunal -, o errores de procedimiento en la sustanciación de la causa que conllevaron la afectación del debido proceso, en ese caso la pretensión recursiva se orienta a la nulidad de la resolución impugnada o a la nulidad de obrados
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo