Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0973/2015-S2
Fecha: 08-Oct-2015
REVOCAR
La presente acción de amparo constitucional ingresó al Tribunal Constitucional Plurinacional el 8 de octubre de 2014, disponiendo la Comisión de Admisión por AC 0265/2014-RCA de 29 de octubre, REVOCAR la Resolución 053/2014 de 29 de septiembre, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que rechazó in límine la misma, disponiendo su admisión y la correspondiente audiencia. Devuelto el expediente al Tribunal de origen, se emitió la Resolución 004/2015 de 21 de marzo, que venida en revisión fue sorteada el 20 de marzo de igual año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- REVOCAR
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones
- Fragmento 14
- motivación
- III.3. Análisis del caso concreto
- razón por la que los Tribunales de la jurisdicción ordinaria civil, no tienen competencia para resolver sobre litigios originados en la celebración, ejecución, desarrollo y liquidación de los contratos administrativos, aspecto que corresponde a la jurisdicción contenciosa-administrativa, reconocida por la actual Constitución Política del Estado como una Jurisdicción especializada,
- CONFIRMAR en todo