Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
II.3.
II.3. Mediante informe presentado el 25 de agosto de 2014 por la Inspectora Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni a.i. ante la Jefa de la misma institución, se sugirió conminar al ahora demandado que reincorpore a su fuente laboral a la hoy accionante, además de todos sus derechos laborales actualizados al día de su reincorporación (fs. 51 a 54).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. A través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- CONFIRMAR