SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2015-S3

Fecha: 12-Oct-2015

improcedente

La Sala Civil y Comercial, Mixta, de Familia, de la Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 008/2015 de 25 de marzo, cursante de fs. 262 a 264 vta., declaró “improcedente la acción de amparo constitucional, fundamentando que el art. 53 del CPCo, establece la improcedencia de esta acción tutelar contra resoluciones judiciales o administrativas que pudieran ser modificadas o suprimidas por cualquier otro recurso del cual no se haya hecho uso oportuno, norma que se adecúa al caso sub lite, toda vez que la trabajadora una vez retirada de la relación laboral acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, cuya autoridad manifestó que se encontraba imposibilitada de emitir conminatoria de reincorporación por tratarse de contratos administrativos, por lo que en el caso concreto, no se habría agotado la vía administrativa establecida por el ordenamiento legal para hacer valer sus derechos.