SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

objeción al Memorando

Contra dicho acto, Hugo Carrasco Callejas, formuló objeción al Memorando FD/GMO 79/2015 (Conclusión II.5 de este Fallo), cuestionándolo por ser contrario a la ley y manifiestamente arbitrario, refiriendo que la facultad de disponer el desplazamiento encuentra límite en la temporalidad de la medida; ya que no se puede pretender atribuirle las causas de la convulsión social, que obedecen a razones políticas de orden local; sin embargo, reconoce y agradece que la autoridad jerárquica haya protegido su integridad física, moral e intelectual, no en el sentido expresado, pues debido a los cambios constantes del que es objeto, con traslados de un lugar a otro se afecta su salud; puesto que su desplazamiento a Villa Montes con la ampliación realizada, esta superabundantemente vencido; asimismo, señala que habiendo silencio a su solicitud de retorno a su lugar primigeniamente designado; el Fiscal Departamental no puede suplir la voluntad del Fiscal General del Estado ordenando su desplazamiento con carácter indefinido; siendo ello contrario a la prohibición legal de ser trasladado de manera indefinida del lugar de su designación; desnaturalizando la estabilidad laboral proclamada por la Ley Orgánica del Ministerio Público, por todo ello la consumación del traslado indefinido implicaría continuar con el atropello que viene sufriendo a lo largo de su carrera fiscal, desconociendo la temporalidad de los traslados, para hacerla una especie de sanción.