SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2015-S1

Fecha: 26-Oct-2015

RA 080 de 10 de octubre de 2014

Respecto a la RA 080 de 10 de octubre de 2014, dictada por José Rene Bustillos Calderón, Gerente General de la CNS, al desestimar el recurso de impugnación por causas estrictamente de orden formal, bajo el argumento de que no hay concordancia en los datos concernientes al número de resolución de adjudicación –que no fue objeto de cuestionamiento alguno– en la boleta de garantía y el memorial de impugnación, y la aparente falta de la facultad especial y expresa para impugnar en el poder, evitando de esta manera ingresar a analizar y resolver la cuestión de fondo planteado en la impugnación; argumento que no es idóneo puesto que se está privilegiando cuestiones de forma o formalidades, desconociendo que éstas deben ser las estrictamente necesarias para la consecución de derechos fundamentales, garantías, principios y valores constitucionales, habida cuenta que corresponde al Estado un deber de promoverlos, respetarlos, conforme al Fundamento Jurídico III.4 de este fallo, por lo que, concierne a la autoridad demandada ingresar al análisis y resolución de la cuestión de fondo planteado en el recurso de impugnación, sin rehuir este deber, tomando en cuenta del principio de informalismo que rige el procedimiento administrativo. Razonamientos que sustentan la apertura de la jurisdicción constitucional para estimar su tutela, conforme al Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.