Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2015-S2
Fecha: 14-Oct-2015
II.1.
II.1. Mediante Instructivo SESFP-TFTA II-INS-20/2014 de 23 de abril, dirigido a los rectores de institutos fiscales/convenio, la Subdirectora a.i. de Educación Superior de la Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, Cinthya Novillo Montaño, dando cumplimiento a la Resolución Ministerial (RM) 001/2014 de 2 de enero, instruyó realizar el reordenamiento de la estructura docente de cada institución, precautelando los derechos de los docentes, debiéndose al efecto darles preaviso a quienes pudieran verse afectados y previo análisis minucioso de cada caso en particular (fs. 49).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional y su vinculación con el principio de inmediatez
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo