Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0997/2015-S2
Fecha: 14-Oct-2015
II.4.
II.4. Mediante escrito de 7 de agosto de 2014, dirigido al Rector del T.I.B.C. “El Paso”, los accionantes formularon el mismo petitorio presentado ante el Director Académico de dicha institución, reiterando su solicitud por memorial de 13 del mismo mes y año; mereciendo nota de 8 del señalado mes y año, por el cual esta máxima autoridad dió respuesta a los puntos reclamados (fs. 60 a 76).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional y su vinculación con el principio de inmediatez
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo