Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2015-S2
Fecha: 14-Oct-2015
II.5.
II.5. El 22 de agosto de 2013, ante el Ministerio Público la accionante Lucía Vallejos Vda. de Claros, formalizó denuncia contra la Jueza Décima Tercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz y la Secretaria del mismo Juzgado, Mariela Jhovana Ríos Cartagena, por los presuntos ilícitos, respecto a la primera de resoluciones contrarias a la Constitución, uso indebido de influencias, incumplimiento de deberes, beneficios en razón del cargo y, de la segunda de las nombradas, por los mismos excepto el de resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes, lo que motivó el inicio de las investigaciones de la que se dio informe a la autoridad jurisdiccional (fs. 367 a 376).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2. Debido proceso y e
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Resolución Fiscal de Sobreseimiento
- denegado
- Fragmento 20