Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2015-S2
Fecha: 14-Oct-2015
II.6.
II.6. La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, emitió el Auto de Vista 166 de 26 de septiembre de 2013, por el cual anuló la Resolución de 12 de junio -lo correcto es julio-, disponiendo que la Jueza Décima Tercera de Instrucción en lo Penal, tramite en primer término la excepción de falta de acción y posteriormente señale audiencia para la consideración de la cesación de la detención preventiva del imputado Carlos Sumoya Montaño (fs. 399 vta. a 400 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2. Debido proceso y e
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Resolución Fiscal de Sobreseimiento
- denegado
- Fragmento 20