SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

fecha de embarque

Así, tenemos que, de acuerdo a lo establecido en el Acta de Intervención Contravencional ACOZF-C0004/2014, de la verificación documental se observó que la fecha de embarque de la mercancía, amparada en el Documento de Embarque, es anterior a la fecha de emisión de la respectiva autorización previa de ingreso de mercadería, por tratarse de un producto que contiene ácido sulfúrico, considerado como sustancia controlada; en este sentido, MADISA incumplió la previsión contenida en el art. 118 del DS 25870, incurriendo en consecuencia, en el presunto ilícito de contrabando establecido en el art. 181 inc. b) del CTB.

En base a los elementos expuestos en el Acta de Intervención Contravencional, a los argumentos vertidos por MADISA al momento de presentar sus descargos, y al Informe AN-PSUZF-IN 058/2014, se pronunció la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-PSUZF-RS-001/2014, que determinó declarar probada la comisión de Contrabando Contravencional contra la empresa accionante MADISA, representada legalmente por Cecilia Alejandra Mass Porras, disponiendo el comiso definitivo de la mercancía descrita en el Acta de Intervención y su adjudicación directa al Ministerio de la Presidencia, una vez que la resolución adquiera ejecutoria.