SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

III.2. Análisis del caso concreto

En el caso que se analiza, los representantes de la empresa accionante consideran que los demandados han vulnerado los derechos al debido proceso en sus elementos de interpretación y aplicación de la ley; valoración de la prueba; y, fundamentación de las resoluciones, debido a que no efectuaron una correcta valoración de los elementos probatorios aportados a efectos de demostrar la verdadera fecha de embarque de la mercancía a ser internada, error que -según la parte accionante- emerge de la incorrecta interpretación de la normativa aduanera y que derivó en la emisión de Acta de Intervención y posterior Resolución Sancionatoria.

De todo lo argumentado, se identifica que la principal vulneración y de la cual se desprenden de manera escalona las demás, se circunscribe a la errónea interpretación de la norma, referida a la identificación del documento idóneo que pruebe eficazmente la fecha de embarque de la mercadería para su correspondiente importación al país.

Ahora bien, para una mejor comprensión respecto a lo demandado mediante la presente acción tutelar, efectuaremos una revisión del Acta de Intervención Contravencional y de la Resolución Sancionatoria en Contrabando, a efectos de establecer la existencia de una correcta o incorrecta interpretación y aplicación de la norma, valoración de la prueba y finalmente la existencia o no de una debida fundamentación y motivación.